Siguiendo el hilo de esta interesante discusión...
Saludos amigos, antes que nada, Felices Fiestas!
Deseo hacer una consulta. Vivo en una finca y tengo una vecina muy quisquillosa, la típica maruja que se queja por todo. Mi piso está al lado del suyo, es decir, nuestras paredes son comunes. Lo bueno, es que no vive aquí en Valencia y viene por temporadas desde Jaén.
Cuando yo monté la batería, a madiados de septiembre de este año, la vieja ya se había regresado a Jaén, así que no me ha escuchado practicar con la batería. Respetando los horarios establecidos en la ordenanza municipal de ruidos, procuro practicar en la franja de 18:00 a 20:00 hrs (horario en que ya se ha terminado "Aquí Hay Tomate" o la gente ya no hace la siesta...), de momento suelo practicar con las baquetas hot-rods y no estoy pegando tan fuerte, y hasta la fecha no he recibido queja de ningún tipo por parte del resto de los vecinos, e incluso, de la hija de la vieja en cuestión, ya que ella si que vive en el piso durante todo el año.
El tema es que la vieja a venido a pasar aquí la Navidad y desde que está de vuelta, yo no he practicado por estar ocupado en otros asuntos, pero "me frío uno de mis huevos" a que cuando lo haga me tocará la puerta.
Yo, me he preparado para la ocasión de la siguiente manera: le explicaré de forma muy educada que estoy realizando mi actividad dentro de un marco legal y procurando respetar a los vecinos, y además le daré una copia de la ordenanza en vigor, la cual he preparado para ella, en la que he subrayado los puntos más interesantes. Bien, supongo que la señora lo primero que hará será llamar a la policía minicipal.
Cabe destacar, que la vecina en cuestión y sus congéneres son personas ruidosas, molestas y escandalosas.
Pregunto:
¿Que me pueden hacer los municipales?
¿Pueden ellos hacer una medición sonora?
Sopongo que, según lo que dice la ley, la señora si se le ocurre denunciarme el ayuntamiento podría practicar una medición de ruidos, previa solicitud de la parte interesada, y claro, en todo caso ellos deberán demostrar que los niveles de recepción internos en la vivienda de la señora superan los 50 db, y además, para que dicha medición sea efectiva, tendría yo que estar tocando la batería en ese momento. Entonces, teniendo en cuenta que yo, tengo derecho a estar presente en dicha medición y que además, soy la fuente del ruido ¿como podría hacer las dos cosas al mismo tiempo?
o... ¿será que tal vez el ayuntamiento dispone de un funcionario baterista, a disposición del denunciante, y así el funcionario tocará mi batería mientras yo estoy con los que hacen la medición en la casa de la señora?
Bromas aparte, me gustaría leer opiniones ante lo expuesto. Yo tengo muy claro, que formo parte de una cominidad de vecinos, que todos tenemos derecho a descansar en nuestros hogares y entendiendo que la batería es un instrumento muy ruidoso, procuro adecuar mis horas de prácticas a horarios en que no cause excesivas molestias.
Un saludo
Edwing